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LA JUSTICIA FEDERAL ORDENO A VIALIDAD SEÑALIZAR LA RUTA 33 (video de archivo 13/6/2013)

12 septiembre, 2014
in Comunidad, Destacadas, Política, Videos Destacados
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La Justicia Federal dio lugar a un amparo presentado por el legislador bonaerense Mauricio D´Alessandro y dispuso una medida cautelar ordenándole a la Dirección Nacional de Vialidad que señalice el trayecto comprendido entre Bahía Blanca y Pigüé en el plazo de cinco días.
La medida, dictada por el juez federal Santiago Martínez, responde al peligro que reviste el estado de la ruta, reflejado en la cantidad de muertes que en ella se producen, a raíz de lo cual la Justicia le ordena a Vialidad Nacional que en el perentorio plazo de cinco días proceda a la inmediata señalización de la ruta, trayecto comprendido entre los kilómetros 0 y 133.
Asimismo el organismo nacional cuenta similar plazo para contestar el escrito, tras lo cual el Juez determinará si se hace lugar al reclamo de fondo, es decir, a que se realicen las postergadas obras de reparación.
Con relación a las características de la comúnmente llamada “Ruta de la Muerte”, D´Alessandro manifestó “Es una ruta muy larga que llega hasta Rosario, pero el problema más grande está planteado entre Bahía Blanca y Pigüé. En ese tramo circulan muchos camiones, las banquinas están en muy mal estado y básicamente es muy angosta. El ancho es más chico que el de un arco de fútbol, es decir, menor a 7 metros.”
“Se trata del noveno amparo a favor que sacamos en materia de rutas. Decidimos presentarlo porque es una ruta trágica, se pierden vidas constantemente, particularmente en el tramo que une en 133 kilómetros a estas dos ciudades. Esto pasa desde hace años y nunca hubo respuestas por parte de las autoridades.” aseveró el legislador provincial.
El escrito redactado por el juez federal resuelve:
1ro.) HACER lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenar a la demandada para que en el perentorio plazo de cinco días proceda a la inmediata señalización de la ruta nacional 33, trayecto comprendido entre los kilómetros 0 a 133; todo bajo caución juratoria, que se tiene por prestada con el escrito de inicio.
2do.) Declarar formalmente admisible la presente acción de amparo requiriéndose el informe circunstanciado determinado por el art. 8° de la ley 16.986, al Poder Ejecutivo Nacional ­ Dirección Nacional de Vialidad en su domicilio de la Sede central sita en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el término de CINCO DIAS HABILES con más tres en razón de la distancia y a partir dela fecha de su notificación­ evacúen el informe previsto en el art. citado.­ A tal fin, ofíciese, con copia de la presentación y de la presente, que serán confeccionados y diligenciado por la parte actora, debiendo oportunamente acreditar en autos tal diligencia.
Fuente: Infocielo y labrujula
 

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